El duque de
Maqueda, que era también marqués de Elche y señor o barón de
Aspe, se opuso mientras pudo a la expulsión de los moriscos, sus mejores y más rentables vasallos. A diferencia de Elche - la cabeza del marquesado, poblada mayoritariamente por cristianos viejos- que había protagonizado numerosos episodios de insumisión y rebeldía frente al poder señorial, la villa morisca de
Aspe siempre se mostró fiel y sumisa a su dueño temporal.
Consumada la expulsión, ninguna catástrofe natural, ninguna epidemia, ni siquiera las hambrunas o las guerras habían causado - ni causarían en el futuro- una pérdida de población semejante a la de 1609 y, consecuentemente, la merma económica de considerables proporciones que estaba privando de los ingresos de antaño a las, cada día más paupérrimas, arcas señoriales. Nuestro pueblo necesitó aproximadamente un siglo para recuperarse
demográficamente del éxodo provocado por la expulsión, y no será hasta comienzos del
XVIII cuando
Aspe consiga igualar la cantidad de habitantes que tenía antes del masivo destierro.
Para superar tan dramática situación, el duque de
Maqueda emprendió una serie de medidas encaminadas a estimular la afluencia de repobladores a sus posesiones. En 1611 firmó con el vecindario y las autoridades municipales de
Aspe una carta de Puebla donde se establecían las condiciones impuestas a los futuros colonos. Los nuevos vasallos recibían una casa y tierras para cultivar, el señor les cedía el dominio útil de la tierra mientras él conservaba el dominio directo (enfiteusis) y el derecho sobre los monopolios y regalías: molinos, tiendas, cantarerías, carnicería, hornos, taberna, montes, manantiales…
El señor de la villa y baronía de
Aspe percibía las rentas señoriales, nombraba a las autoridades municipales y ejercía la jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio. Gracias a los autos de las tomas de posesión de los duques o, más bien, en la mayoría de los casos, de sus procuradores-representantes, nos podemos hacer una idea cabal de lo que eran los señores en aquella época, de su preponderancia en el orden social y del poder político y económico que concentraban en su persona. A modo de ejemplo, vamos a resumir aquí el contenido del documento correspondiente a la toma de posesión de la villa y baronía de
Aspe de 1645 (1):
- El documento está escrito en valenciano.
- El nuevo duque de
Maqueda y barón de
Aspe es D. Jaime Manuel de Cárdenas, quien sucedía al frente de la Casa a su difunto hermano, D. Jorge de Cárdenas.
- El procurador del duque en la toma de posesión es el canónigo de la Catedral de Valencia D.
Joseph Sanz.
- Son convocados públicamente por el oficial pregonero a son de trompeta el justicia (presidente del Consell), jurados, consejeros,
mustasaf (encargado de los pesos y medidas y de evitar el fraude en el comercio de las mercaderías),
sobrecequiero (administraba el uso de las aguas de riego), síndico y demás vecinos y vasallos de la villa para celebrar consejo general en la Iglesia Parroquial.
- Reunidos en el templo y presididos por don
Joseph Sanz, se inicia el acto de toma de posesión con el solemne juramento y homenaje de fidelidad y vasallaje al Duque de
Maqueda, en la persona de su procurador, siendo reconocido unánimemente como señor natural de la villa y baronía de
Aspe.
- Por su parte, en nombre del duque, don
Joseph Sanz juraba observar y guardar los fueros, privilegios, usos y buenas costumbres del Reino de Valencia y de la villa de
Aspe.
- El procurador destituye y restituye inmediatamente a las autoridades y cargos municipales (justicia, jurados,
mustasaf,
sobrecequiero, síndico), escenificando de esta manera que correspondía al señor, y a nadie más, la elección y nombramiento de los miembros del
Consell.
- Se manda pregonar por los lugares de costumbre la prohibición de portar toda clase de armas. Es apresado un vecino que traía un puñal al cinto. Poco después será amnistiado y puesto en libertad por el representante del duque.
- El procurador acompañado de los cargos municipales y de numerosos vecinos de la villa comienza la toma de posesión del patrimonio y regalías señoriales.
- Se dirigen, en primer lugar, a tomar posesión de la Casa de la Señoría, sita en la Plaza, donde habitaba el
Bayle (el lugarteniente del señor en la villa, cuya principal misión era velar por los intereses de la Señoría).
- Sigue la posesión de la Casa-Hospital.
- Posesión de una casa con huerto propiedad de Su Excelencia (que podría tratarse del mismo establecimiento que en el pasado perteneció a la Santa Inquisición, situado en el arrabal del Molino).
- Del hostal y mesón de la villa, también en la plaza.
- De los graneros y caballerizas que lindaban con la plaza mayor, el hostal-mesón y la sala nueva del
Consell.
- Del horno de vidrio.
- De los tres hornos de pan que existían en la villa: el de la calle nueva de la Iglesia, el del Barranco y el horno nuevo.
- De la tienda.
- De la carnicería.
- Del molino harinero, que daba nombre a un barrio que había crecido a extramuros de la villa, "el raval del Molí".
- De la taberna.
- De las cárceles.
- De la regalía de las cantarerías. En la documentación correspondiente a la toma de posesión del año 1668 en nombre de la duquesa doña María Guadalupe se citan cuatro casas cantarerías conocidas popularmente como: la de la Judería, la de “
vora del
riu”, la de “
Avinent” y la del “
racó”.
- Después, en señal de la posesión de la villa “y del
Clos (2) de aquella” el procurador pasea por las calles de la población.
- Seguidamente salen fuera de la villa y, desde el promontorio del Calvario, don Joseph Sanz toma posesión de todo el término hasta donde alcanza la vista: “
accedi personalment al puesto
hon esta el Monte
Calvari fora de
dita vila de
hon se
vehen les montanyes
terme y
orta de aquella y de
alli prengue possesio de
tot lo
terme montanyes
terra culta e inculta
orta aygües y
fonts de aquella…”
- Para finalizar, se dirigen al lugar del cadalso, cercano a la villa, donde se simboliza, arrancando la rama de un árbol y colgándola de la horca, la posesión de la jurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio.
(1) Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza,
Baena, c. 165.
(2) Clos: Recinto, lugar delimitado por un cerco, espacio cerrado al exterior. Queda claro que
Aspe era una villa murada, con arrabales, puertas, tapias y elementos defensivos (el portal de la villa, la puerta de
Orihuela, más tarde, o los "castillos" del
Aljau y del Calvario, asociados a sendos puentes en los accesos a la población, aparecen en diversos documentos de los siglos
XVI,
XVII y
XVIII).